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Preguntas habituales


- Yacht Registration Introduction
- Yacht Registration In Depth

La sofisticada normativa que regula los puertos de registro y el IVA de la UE hace que sea especialmente necesario disponer de toda la información para seleccionar un puerto de registro británico, ya que cada puerto aplica una normativa diferente con sus propias ventajas y, en ocasiones, desventajas.

Los procedimientos de registro de embarcaciones privadas son muy sencillos.


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¿Por qué conviene recurrir a Oakfield Maritime? ¿Por qué no tratar directamente con el registro marítimo que corresponda?
¿Por qué tengo que registrar mi embarcación?
¿Cuánto tarda el proceso de registro de embarcaciones?
¿Puedo elegir y usar el nombre que desee para una embarcación concreta?
Mi embarcación es un modelo de producción. ¿Necesito de todas formas un certificado de tonelaje?
¿Qué es un certificado de matriculación y cuáles son los trámites que conlleva?
¿Si inscriben mi embarcación en un puerto de registro británico, tendré que visitar físicamente el puerto de registro?
¿Qué documentación debo llevar a bordo de una embarcación registrada en Gran Bretaña que navega en aguas de otros países?
¿Qué tamaño deben tener las letras del nombre y el puerto de registro?
¿Qué es el registro de embarcaciones pequeñas o "Small Ships Register" (SSR)?

¿Por qué conviene recurrir a Oakfield Maritime? ¿Por qué no tratar directamente con el registro marítimo que corresponda?
Nada impide que el propietario de una embarcación trate directamente con los registros marítimos que correspondan.

Sin embargo, registrar una embarcación es un procedimiento que lleva tiempo y que en ocasiones es complicado.

Si contrata los servicios de Oakfield Maritime, se le ofrecerá un paquete completo con el que se ahorrará tiempo, problemas y molestias.

Las tarifas de Oakfield Maritime son muy competitivas por lo que el propietario de la embarcación sólo tiene que pagar una pequeña suma además de lo que tendría que abonar al tratar directamente con el registro.

Además, el propietario no sólo se beneficia de nuestra experiencia en el ámbito del registro de embarcaciones y la documentación marina sino que también cuenta con el apoyo de nuestra red de contactos en el sector marítimo, formada por autoridades de países de abanderamiento, constructores navales, agentes marítimos, directores de proyectos, corredores de fletamento, financistas, aseguradores, inspectores, astilleros, autoridades responsables de las comunicaciones por radio y satélite, empresas de formación y contratación de marinos, empresas de transporte, proveedores de depósitos y agentes de aduanas.
¿Por qué tengo que registrar mi embarcación?
Para asignar una nacionalidad al buque que le permita navegar internacionalmente y demostrar que es su propietario.
¿Cuánto tarda el proceso de registro de embarcaciones?
El principal objetivo de Oakfield Maritime es registrar siempre el buque de nuestro cliente en el mínimo tiempo posible. Para evitar decepciones, solemos prever un período de unas cuatro semanas, aunque el tiempo que se necesita depende en gran medida de la disponibilidad de la documentación de titularidad y de lo que se tarde en realizar el estudio de tonelaje.
¿Puedo elegir y usar el nombre que desee para una embarcación concreta?
Tradicionalmente, en la primera sección del registro británico no se podía duplicar el nombre de un buque registrado o utilizar un nombre que pudiera confundirse con dicho buque registrado.

En los últimos tiempos, algunos de los registros internacionales han creado registros de denominaciones independientes al registro central marítimo del Reino Unido, lo que ha dado la oportunidad de autorizar nombres que, de lo contrario, no hubieran estado disponibles.

No está permitido usar un nombre que pueda generar confusión (por ejemplo, un nombre que pueda confundirse con una señal de peligro) o que pueda resultar ofensivo.
Mi embarcación es un modelo de producción. ¿Necesito de todas formas un certificado de tonelaje?
El certificado de tonelaje se necesita aunque el buque sea un modelo de producción (y los datos puedan conocerse a partir de otra embarcación igual). Esto se debe a que los buques individuales pueden diferenciarse un poco de otros del mismo tipo y, lo que aún es más importante, porque este certificado garantiza al registro marítimo correspondiente que el buque existe de verdad y así no hay que verificar directamente su existencia.
¿Qué es un certificado de matriculación y cuáles son los trámites que conlleva?
El certificado de matriculación es un documento emitido por el registro marítimo que corresponda una vez se ha aceptado la solicitud inicial de registrar una determinada embarcación y se ha presentado el certificado de tonelaje y las escrituras de propiedad. En el documento consta el número oficial de la embarcación junto con su tonelaje e instrucciones sobre cómo solicitar el registro del nombre y el puerto de registro.

En función del tamaño del buque y de los requisitos de registro individuales, el proceso puede completarlo el propietario, el cónsul británico, un registrador o ciertas sociedades clasificadoras o de certificación. Cuando el documento se haya firmado y enviado de nuevo al registro marítimo se pondrá fin a los trámites y se podrá emitir el certificado de registro británico.
¿Si inscriben mi embarcación en un puerto de registro británico, tendré que visitar físicamente el puerto de registro?
No, la embarcación no tiene que ir al puerto de registro. Una de las finalidades principales del certificado de tonelaje es verificar la existencia de la embarcación por lo que, en teoría, significa que el registro obtiene una comprobación independiente de la existencia del buque en lugar de tener que verificarlo directamente.
¿Qué documentación debo llevar a bordo de una embarcación registrada en Gran Bretaña que navega en aguas de otros países?
Como mínimo, debe llevarse siempre a bordo el certificado de registro original del buque junto con la licencia de comunicación por radio original (si se dispone de un equipo transmisor o de un radar), comprobantes del IVA o de la situación tributaria de la embarcación y los documentos del seguro que cubran la embarcación y la responsabilidad ante terceros que sea obligatoria (con las traducciones que sean necesarias).

El buque también debería mostrar la bandera correcta, que en el caso de las embarcaciones británicas es una insignia roja.

Si el buque embarca personas o mercancías debe llevar un certificado de cumplimiento del código de la agencia marítima y de vigilancia costera británica (MCA), junto con los permisos locales que sean necesarios para fletar. También conviene llevar a bordo el contrato de fletamento.

Además de la documentación del buque mencionada, es recomendable llevar los pasaportes y, en su caso, los certificados de radiooperador y de los títulos de navegación que se tengan. Si la embarcación pertenece a una empresa, conviene que al menos el capitán y los usuarios principales lleven algún tipo de autorización formal que justifique que estén a bordo y pueden utilizar el buque.

Como pueden existir particularidades nacionales o regionales (por ejemplo, cuando sean necesarios permisos de navegación locales) conviene consultar la normativa local con antelación.
¿Qué tamaño deben tener las letras del nombre y el puerto de registro?
El nombre y el puerto de registro debe poderse leer siempre desde lejos.

En la práctica la normativa británica para la marina mercante dispone que la altura mínima de las letras del nombre y el registro del puerto debe ser de diez centímetros con una anchura proporcionada.

El nombre y el puerto de registro de una embarcación británica debe situarse siempre en la popa o parte posterior y en un lugar permanente del casco de la embarcación, lo que excluye cualquier parte móvil o extraíble.

Debe garantizarse que el nombre y el puerto de registro están colocados de forma que las palabras no las tapen las embarcaciones auxiliares, sobre todo, cuando estén en camino.
¿Qué es el registro de embarcaciones pequeñas o "Small Ships Register" (SSR)?
El SSR (conocido oficialmente como la tercera sección del registro marítimo británico) se introdujo para ofrecer un sistema sencillo y económico de documentación para propietarios de embarcaciones pequeñas y permitir que éstos pudieran navegar fuera de las aguas nacionales.

Oakfield Maritime no recomienda registrar embarcaciones de mucho valor en el SSR.

El SSR no es un registro de titularidad, ya que el solicitante no tiene que demostrar que es propietario del buque que desea registrar. Además, no se requiere un certificado de tonelaje para probar que el buque existe de verdad.

En términos generales, no hay mecanismos suficientes para evitar que se haga un uso indebido del sistema; por ejemplo, sería posible registrar una embarcación a nombre de una persona que no es el propietario, registrar una embarcación inexistente, registrar varias veces la misma embarcación en el SSR o inscribir unas dimensiones que no se corresponden con la realidad.
El SSR no pueden utilizarlo las embarcaciones que pertenecen a empresas o que tienen más de 24 metros de longitud. Las embarcaciones que figuren en este registro no pueden hipotecarse, por lo que debe prescindirse de esta opción para financiarlas.

El registro del SSR puede influir negativamente en el valor de la embarcación y dificultar su venta en un futuro, ya que los compradores no podrán comprobar de forma fehaciente que la persona que les vende el buque es el auténtico dueño y que el que parece ser el propietario no ha vendido antes el buque a un tercero o que la embarcación no está hipotecada.

Además, si el comprador potencial desea inscribir el buque según la primera sección del registro, tendrá dificultades en recuperar el tracto sucesorio (la prueba de la titularidad) para poder inscribir el buque de la forma adecuada.

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